Licencia Exclusiva
Contrato Único de Derechos Exclusivos
Fecha: FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA
Brothers Music (en adelante denominado ‘EL AUTOR’) y (Artista/PERSONA) NOMBRE DEL COMPRADOR (En adelante denominado ‘Receptor’) y de conformidad con los términos establecidos en este contrato cede al comprador / receptor los derechos exclusivos, para usar el beat producido por Brothers Music llamado “NOMBRE DEL BEAT”.
El receptor posee los derechos exclusivos, transferible para el uso de la música, mientras se añaden audios/vocales adicionales a las composiciones musicales (en adelante denominadas ‘la sincronización’). El receptor tiene derecho de recibir rendimiento y distribuir la sincronización ilimitadamente.
Este es un contrato único de derechos exclusivos y cuenta con las siguientes Clausulas, beneficios y restricciones.
Clausulas
“EL AUTOR” cederá a favor del “RECEPTOR” todos los derechos relativos de la colección musical titulada (NOMBRE DEL BEAT).
Todos los derechos que son cedidos en este contrato, a favor de el “RECEPTOR” incluyen la capacidad distribuir, explorar en forma comercial o por cualquier forma posible el objeto de este contrato.
Como corresponde, se realizarán los pagos correspondientes a EL AUTOR la cantidad de $64.99 dólares (Ciento noventa y nueve punto noventa y nueve).
EL AUTOR queda conforme y autoriza a “EL RECEPTOR" para realizar cualquier modificación ya sea propiamente o por la intervención de algún tercero.
Beneficios
El receptor puede distribuir la sincronización en tiendas digitales, por ejemplo: iTunes, CD Baby, Amazon, Deezer, Spotify, Google Play, Etc.
Usar la sincronización para presentaciones/shows pagos.
Usar la sincronización exclusivamente para usos comerciales.
Incluir la sincronización en: Mixtapes, álbumes, singles, recopilaciones.
Realizar video Musical.
Este contrato prohíbe al receptor la reventa del beat producido por Brothers Music Records, LLC.
Términos y Condiciones Generales
El receptor entiende que ellos son responsables de la limpieza del material y que el autor no puede y no se hace responsable por el mal uso del material original, que es contratado en este acuerdo.
El titular del contrato entiende y acepta que solo paga por el trabajo de producción del productor. Todos los derechos otorgados al cliente en el presente contrato no permiten revender el ritmo en cualquier forma. Los clientes pueden editar / alterar la longitud de un tiempo si lo consideran conveniente, siempre y cuando ellos poseen derechos para el ritmo y no cambian la estructura sonora de la propia. Se permiten cambios en el ritmo. Sin embargo, no está permitido el uso de cualquier melodía, sonido, instrumental, etc. de la composición original para otras composiciones.
El receptor (Artista/Persona) NOMBRE DEL COMPRADOR se compromete a cumplir a cada uno de los términos marcados en este contrato.